Puerto de Entrada en los Estados Unidos
Jueves, 17 Julio 
Los solicitantes deben tener claro que el hecho de tener una visa otorgada no garantiza la entrada a los Estados Unidos. El Servicio de Inmigración y Naturalización de los Estados Unidos (INS) tiene la autoridad para negar la admisión.
Asímismo, el período de estadía en los Estados Unidos es determinado por el oficial de inmigración y no por el oficial consular. En el puerto de entrada el oficial de inmigración debe autorizar el ingreso al país. En ese momento y mediante el formulario I-94 (Record de entrada y salida) se determina el tiempo permitido para permanecer en los Estados Unidos.
Las personas que deseen permanecer en los Estados Unidos por un período mayor al autorizado mediante el formulario I-94, deben dirigirse a la oficina de inmigración y naturalización y requerir el formulario I-539 para extender la estadía. La decisión de otorgar o rechazar dicho requisito, recae solamente en el Servicio de Inmigración y Naturalización.
